PROFEPA, COFEPRIS, CONAGUA y ASEA resuelven. El TFJA revisa.

16 plantillas de demanda de nulidad en Word contra multas, clausuras y negativas de permisos y concesiones federales. Redactadas conforme a la reforma de la LFPCA publicada en el DOF el 9 de junio de 2026. $249.

Para quién es. Quien litiga o asesora a una empresa mediana a la que PROFEPA o COFEPRIS le impuso multa o clausura, o a la que CONAGUA, ASEA o la CRE le negó una concesión de aguas nacionales, una prórroga o un permiso, y tiene treinta días hábiles para armar la demanda de nulidad. Son demandas completas que hay que adaptar al expediente —acreditar los hechos, computar el plazo y ofrecer las pruebas—, no un formato para llenar y presentar, ni asesoría jurídica.

El expediente casi siempre empieza igual: una visita de verificación, un acta que se firma con el inspector enfrente y, meses después, un oficio que impone multa, ordena clausura o niega el permiso, la prórroga o la transmisión de derechos de la que dependía la operación. Desde la notificación corren treinta días hábiles para promover la demanda de nulidad; agotado el plazo, la resolución queda firme y el cobro sigue su curso. Dentro de esos treinta días hay que revisar si la competencia de la autoridad emisora quedó bien fundada, si la orden de visita y el acta resisten, si el procedimiento iniciado de oficio caducó y si la multa se individualizó conforme al artículo 173 de la LGEEPA. Redactar todo eso desde la hoja en blanco, con la dogmática y los precedentes armados, es lo que consume la primera mitad del plazo.

Qué contiene

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Por qué cuesta lo que cuesta

La LGEEPA autoriza multas de hasta cincuenta mil veces la UMA, y ninguna clausura se mide en pesos: se mide en días sin operar. Frente a eso, $249 no compran una defensa, compran el borrador: dieciséis rutas de impugnación ya redactadas y ordenadas, para que las horas se gasten en el expediente y no en el formato. La sola elaboración de una demanda de nulidad en materia ambiental cuesta, en cualquier despacho del ramo, varias veces esa cifra —y con razón, porque lo que aquí se ahorra es el trabajo de redacción, no el de criterio.

Qué se garantiza, y qué no

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