El oficio llega y el reloj empieza a correr: treinta días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación, ni uno más. Casi nunca falta el argumento —la multa se impuso pese al cumplimiento espontáneo, el crédito se cobra ocho años después, los auditores nunca se identificaron como manda el 44— lo que falta es el tiempo de sentarse a redactar el escrito completo: proemio, hechos, conceptos de impugnación, pruebas, suspensión y petitorios. Y el machote que se tenía guardado quedó viejo: la reforma de junio de 2026 movió el umbral de la vía sumaria y los plazos que la acompañan, de modo que un formato anterior puede mandar el asunto por la vía equivocada. Este kit resuelve ese trecho: no piensa el caso por nadie, pero entrega el escrito armado para que la discusión sea sobre el fondo y no sobre el formato.
Qué contiene
- 24 demandas completas en Word (.docx), una por cada defecto o defensa: fundamentación de la competencia y competencia territorial, falta de firma autógrafa, prescripción del crédito (art. 146 CFF), caducidad de facultades de comprobación (art. 67 CFF), caducidad del procedimiento de oficio (art. 60 LFPA), multa improcedente por cumplimiento espontáneo (art. 73 CFF), indebida identificación de auditores en visita domiciliaria (arts. 44-III y 46), acto viciado de origen, cosa juzgada refleja, recategorización ilegal de ingresos (art. 5-A) y nulidad con reconocimiento del derecho a la devolución del pago de lo indebido.
- Cada plantilla trae los todos sus apartados ya armados: rubro, proemio, acto impugnado, autoridades demandadas, tercero interesado, oportunidad de la demanda, hechos, conceptos de impugnación, preceptos violados, pruebas, suspensión de la ejecución, puntos petitorios, nota estratégica y cierre.
- Una nota estratégica al final de cada demanda: qué debe acreditarse, cuáles son los errores que más se repiten y cómo ajustar el texto. La de cumplimiento espontáneo, por ejemplo, señala que el acuse con fecha cierta es la prueba toral y advierte no pedir nulidad para efectos cuando lo que procede es la lisa y llana.
- Todo lo variable va entre corchetes —sala, autoridad, número de crédito, fechas, montos— para sustituirlo de una sola pasada y sin cazar párrafos sueltos.
- Actualizadas a la reforma de la LFPCA (DOF 9 de junio de 2026): umbral de la vía sumaria en 30 UMA anuales, equivalentes a $1,283,839.20 con la UMA de 2026; ampliación de demanda de cinco días en sumaria; y redacción incluyente con «la persona actora» en las 24 plantillas.
- El plazo puesto donde va: treinta días hábiles para demandar, iguales en la vía ordinaria y en la sumaria conforme al artículo 58-2, tercer párrafo, de la LFPCA. Lo que se abrevia en sumaria son los plazos posteriores, no el de presentación: es el error más caro de los formatos viejos.
- Capítulo de suspensión de la ejecución en las 24, redactado para el escenario de cobro coactivo, y capítulo de pruebas con la documental de personalidad, la del acto impugnado y la presuncional legal y humana ya listadas.
- Descarga inmediata después del pago, en carpeta con los archivos numerados y nombrados por el vicio que atacan.
Descarga inmediata tras el pago · tarjeta, transferencia o efectivo
Por qué cuesta lo que cuesta
Una sola multa formal del SAT se cuenta en miles de pesos, y un crédito determinado después de una visita domiciliaria, en cientos de miles; a eso hay que sumar los recargos y la actualización que siguen corriendo mientras el escrito no se presenta. Los $249 no compran el resultado del juicio: compran las horas de redacción que separan al asunto de quedarse sin impugnar por vencimiento del plazo. Es menos de lo que cuesta una hora de despacho, y el kit se reutiliza en cada asunto posterior de la misma materia.
Qué se garantiza, y qué no
Entrega inmediata y archivos editables sin candados. Si el archivo no abre o el contenido no corresponde a lo descrito, se repone o se devuelve el pago. Lo que no se ofrece, dicho con todas sus letras: no se revisa el asunto, no se firma ni se presenta escrito alguno, no hay asesoría incluida y no se garantiza resultado judicial. Son formatos profesionales que deben adaptarse al caso concreto y presentarse bajo la responsabilidad de quien los suscribe; conviene verificar la vigencia de los criterios citados antes de invocarlos. Una precisión que conviene decir de frente: 10 de las 24 plantillas señalan internamente algún criterio con la marca «rubro probable», e indican dónde verificar rubro, texto y vigencia en el Semanario Judicial de la Federación antes de presentar. Se entrega así a propósito: un criterio hay que confirmarlo al momento de usarlo, como con cualquier formato.