El fincamiento llega con el formato ST-7 incompleto, o la cédula de liquidación aparece en el buzón con una cifra que nadie sabe de dónde salió, o el IMSS rectifica la prima de riesgos y encarece la cuota de todo el ejercicio. Desde la notificación corren treinta días hábiles para demandar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa; si se agotan, sigue el requerimiento de pago y embargo. En ese plazo hay que decidir la vía, fundar la competencia de la Sala, ordenar los hechos, redactar los conceptos de impugnación, ofrecer pruebas y pedir la suspensión con la garantía del interés fiscal. Empezar la hoja en blanco a los veinte días de la notificación es la peor manera de hacerlo, y copiar un machote de hace tres años es todavía peor: no conoce la reforma.
Qué contiene
- Veinte demandas de nulidad completas, de unas 3,541 palabras cada una: rubro, proemio y personalidad, competencia de la Sala Regional, oportunidad del plazo, acto impugnado, autoridades demandadas, hechos, conceptos de impugnación desarrollados, capítulo de pruebas, suspensión y puntos petitorios.
- Los veinte ángulos que de verdad se pelean en esta materia: requisitos del artículo 79 de la Ley del Seguro Social omitidos en el capital constitutivo, falta de firma autógrafa, competencia de la subdelegación emisora, caducidad de facultades (art. 60 LFPA y 67 CFF), determinación presuntiva del salario base de cotización pese a la documentación exhibida, trabajadores de la construcción y el artículo 12-A, patrones del campo adheridos al Decreto, rectificación de la prima de riesgos y de la clasificación de actividad, multa del artículo 304 sobre cuotas obreras, pagos previos no considerados (art. 304-C), negativa lisa y llana de la relación laboral con reversión de la carga de la prueba, avisos de retención y cédula de amortizaciones del INFONAVIT, ejecución derivada de créditos no notificados y devolución del pago de lo indebido tras la nulidad.
- Las veinte traen su apartado de suspensión de la ejecución redactado con fundamento en los artículos 24 a 28 de la LFPCA y 141 del Código Fiscal de la Federación, con los marcadores de la forma y el monto de la garantía del interés fiscal.
- Cada plantilla cierra con una nota estratégica de tres partes: qué debe acreditar la persona actora y cuál es la prueba reina en ese vicio, cómo adaptar el escrito si el caso viene mezclado con otro tema del kit, y los errores comunes que tiran el concepto de impugnación.
- Redactadas con el marco vigente tras la reforma a la LFPCA publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2026: umbral de la vía sumaria en treinta veces la UMA anual —$1,283,839.20 con la UMA de 2026—, plazo de treinta días que no se reduce en esa vía conforme al artículo 58-2, párrafo tercero, ampliación de demanda de cinco días y redacción con lenguaje incluyente. Un machote descargado antes de junio no sabe nada de esto.
- Formato .docx editable en Word: los datos del expediente van entre corchetes, señalados uno por uno para sustituirlos y borrar los supuestos que no apliquen.
- Descarga inmediata al confirmarse el pago, sin suscripción ni cargos posteriores.
Descarga inmediata tras el pago · tarjeta, transferencia o efectivo
Por qué cuesta lo que cuesta
Un capital constitutivo por un solo trabajador cubre atención médica, hospitalización, aparatos de prótesis, subsidios y hasta el valor de una pensión provisional: se cuenta en decenas o cientos de miles de pesos, y una rectificación de prima de riesgos encarece la cuota de todo el ejercicio y arrastra a los siguientes. Frente a eso, $249 es menos que la hora de trabajo que cuesta armar el proemio y el capítulo de competencia desde cero. Lo que se compra es el andamio del escrito y el mapa de los vicios que suele traer la resolución; el criterio jurídico y la adaptación al expediente los pone quien litiga.
Qué se garantiza, y qué no
Si el archivo no abre, viene incompleto o el contenido no corresponde a lo descrito en esta página, se devuelve el importe íntegro dentro de los siete días naturales siguientes a la compra, escribiendo por WhatsApp o correo. Lo que no puede ofrecerse —ni aquí ni en ninguna parte— es un resultado en juicio: son plantillas que la persona debe adaptar a su expediente bajo su propia responsabilidad profesional, no asesoría, no representación legal y no una opinión sobre un caso concreto. Una precisión que conviene decir de frente: 4 de las 20 plantillas señalan internamente algún criterio con la marca «rubro probable», e indican dónde verificar rubro, texto y vigencia en el Semanario Judicial de la Federación antes de presentar. Se entrega así a propósito: un criterio hay que confirmarlo al momento de usarlo, como con cualquier formato.